A la opinión pública:
La empresa USSA acusa de manera maliciosa a Autotransportes Socios Unidos Poblanos (ASUP)
de no contar con la documentación en regla, esto es: Permiso de Ruta Federal,
Tarjeta de Circulación, Placas Metálicas y Engomado y, en cuestión Estatal,
Permiso de Paso para transitar por Vialidades de Jurisdicción Estatal.
Sin embargo, ASUP no sólo cuenta con toda esta documentación en regla
(Pedir copia de Permiso de Ruta Federal, Tarjeta de Circulación, etc.
De ASUP) sino que, por parte de cada conductor se cuenta con: Exámenes Médicos VIGENTES,
Curso de Licencia VIGENTE, Licencia VIGENTE, Engomado de Verificación
de Baja Emisión de Contaminantes POR UNIDAD VIGENTE,
Engomado de Inspección Físico Mecánica POR UNIDAD VIGENTE.
Caso contrario y distinto por el cual se maneja la empresa USSA, ya que, al momento
de solicitar la documentación de cada unidad que conforma su parque vehicular
“se niegan” en entregarla hasta que se presente su representante legal, si ellos (USSA)
tuvieran todo en regla como dicen, exhibirían sin ningún problema sus documentos,
por lo que se deduce una posible FALTA DE DOCUMENTACIÓN (LICENCIA,
CURSO DE LICENCIA, EXÁMENES MÉDICOS, INSPECCIÓN FÍSICO MECÁNICA
Y VERIFICACIÓN DE HUMO). SE ANEXA LIGA PARA CORROBORAR
LICENCIAS Y EXÁMENES DE USSA.
( https://app.sct.gob.mx/ConsultaInfracciones/detalleLicFederal.do )
Aunado a esto y para reforzar este dicho, se entiende como una posible carencia
de documentación vigente, debido a que las unidades que conforman el parque vehicular de USSA,
en su mayoría, son unidades que contravienen lo estipulado por el artículo 21
del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares que textualmente dice:
“Art. 21.- El Servicio Económico operará con paradas intermedias entre el origen y destino, con autobús integral o convencional, con antigüedad máxima de 12 años al ingresar al servicio y LÍMITE EN OPERACIÓN de 15 años contados a partir del año de su fabricación.
De lo anterior se desprende que, es evidente que la mayoría de las unidades con las que USSA brinda el servicio entre las poblaciones de Zacatlán, Huauchinango y Xicotepec NO CUMPLEN con lo establecido por el artículo antes descrito, ya que las mismas carecen de las condiciones físico-mecánicas MÍNIMAS puesto que hay unidades que son modelo 2000, 2001, 2004 y 2007 y por lo tanto exceden la vida útil permitida para cada unidad (15 años) y PONE EN RIESGO la vida de los usuarios que tienen la necesidad de trasladarse a sus centros de trabajo, comercio y de estudio, pues al ser unidades OBSOLETAS deben y tendrían que estar fuera de circulación para no seguir exponiendo la vida de todos los usuarios que utilizan ese medio de transporte. (Esto se puede apreciar a simple vista al corroborar físicamente cada unidad de USSA).
Por otra parte, a la par de que esta empresa brinda su servicio público federal con unidades obsoletas, su frecuencia de servicio es de aproximadamente cada 2 horas, limitando así la movilidad de los usuarios a un horario de servicio deficiente y tardío en el transcurso del día.
Por eso la urgencia en que exista, en primer lugar, servicio de calidad en la movilidad de la zona norte y en segundo la LIBERTAD DE COMPETENCIA para evitar así prácticas monopólicas que prohíbe la Constitución Política de los EUM. ASUP, a diferencia de USSA, cuenta con vehículos semi-nuevos modelos 2023 y 2024 y que claramente cumplen con el artículo 21 del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, así como de que cada operador cuenta con su documentación en regla (licencia federal tipo A, curso de licencia, examen médico vigente y curso).






