*Aplicarán sanciones ante el incumplimiento
de las medidas restrictivas emanadas
por el Consejo Estatal de Salud.
El gobierno de Tlaxcala publicó en el
Periódico Oficial del Estado las medidas
extraordinarias para contener contagios
del virus SARS CoV-2 (Covid-19) y
salvaguardar la salud de la población,
en el sector público, social y privado.
Las acciones servirán para atender de
manera eficiente y eficaz la emergencia
sanitaria a través de mecanismos de
colaboración con autoridades municipales.
El decreto señala las medidas que
deberán adoptar todos los sectores
dependiendo de la actividad que
desarrollen, así como el horario
de operación y aforo máximo permitido, que corresponden a:
En las plazas, centros comerciales,
supermercados, tiendas departamentales,
incluyendo áreas de comida rápida,
operarán de lunes a domingo,
debiendo cerrar a las 21:00 horas.
El aforo máximo permitido será del 50%
de su capacidad. Se restringe el acceso
a menores de 12 años.
En establecimientos como: tiendas de
conveniencia, licorerías y todo tipo de
comercio con venta de bebidas alcohólicas
cerrada, operarán hasta las 19:00 horas,
después de ese horario, queda prohibida su venta.
Los restaurantes, cafeterías, loncherías,
cocinas económicas y taquerías tienen
permitido un aforo máximo del 50%,
deberán garantizar la sana distancia
entre los comensales y tanto el servicio
de mesa como para llevar será hasta las 22:00 horas.
En hoteles, solo se permitirá la
ocupación hasta el 70%, con excepción
de los salones ventilados, pudiendo
utilizar el 30% de su capacidad.
Los gimnasios y clubes deportivos tienen
un horario permitido de 6:00 a 21:00
horas con un espacio máximo de
ocupación e instalación por los usuarios
de 45 minutos, queda prohibido el aforo
de clases grupales, la capacidad máxima será del 40%.
En eventos deportivos de carácter profesional
se permitirá el aforo del 40% de la capacidad
del recinto, la Coordinación Estatal de
Protección Civil (CEPC), implementará
las medidas de verificación correspondientes.
En actividades culturales, teatros, auditorios,
museos, cines, templos y eventos religiosos,
se permitirá el 30% de aforo, con supervisión de la CEPC.
En parques y espacios públicos y plazas de
toros se permitirá el aforo del 40%,
con inspección de Protección Civil.
Los eventos sociales públicos se
desarrollarán hasta las 19:00 horas,
permitiendo el aforo del 30% de la
capacidad del lugar en donde se realicen.
En tianguis y mercados de todo tipo
(solo actividades esenciales, para
venta de productos alimenticios y
de primera necesidad) se permitirá
el aforo del 30% de la capacidad con
restricción de entrada a menores de 12 años.
Se suspende el funcionamiento y
operación de centros nocturnos, bares, antros,
karaokes, salones de fiesta y balnearios, hasta nuevo aviso.
Asimismo, se cancelan ferias, bailes y
verbenas populares (con juegos mecánicos
y otros). Los eventos masivos, fiestas patrias
y fiestas conmemorativas, se prohíben
hasta nuevo aviso.
En actividades del transporte público se
permitirá el aforo del 50% de su capacidad,
todas las unidades deberán ser sanitizadas
cada vez que inicien sus labores,
cuando lleguen a su base y antes de
reiniciar cada recorrido de su ruta,
previa validación de la Secretaría de
Movilidad y Transporte. El uso de
cubrebocas dentro de las unidades
será obligatorio para conductores y pasajeros.
El decreto emitido explica que su
incumplimiento será sancionado
en el ámbito de su competencia
para el caso de establecimientos,
con la clausura temporal y por
reincidir con la clausura total.
El Consejo Estatal de Salud,
estableció dichas medidas para
contener la propagación del virus;
sin embargo, es necesario reforzar las
acciones con el fin de mitigar los casos de Covid-19 que se han incrementado en los últimos días.





