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Comunidades Indígenas de Tlacotepec de Benito Juárez Exigen Justicia y Recursos

Puebla, México . La comunidad de Santa María la Alta, perteneciente al municipio de Tlacotepec de Benito Juárez, se encuentra en una lucha persistente y organizada para exigir el respeto a sus derechos como pueblo indígena y la entrega de recursos públicos que, según denuncian, han sido retenidos por la actual administración municipal.

En este contexto, la comunidad de Santa maría la Alta, buscará ante las instancias correspondientes,

se considere la modificación ante las autoridades para que sea reconocida como el primer municipio indígena

de habla en Nahuátl, lo que convertiría a esta comunidad mixteca reconociendola

como comunidad bilingüe de la entidad y la nación.

La Denuncia:

Exclusión y Discriminación Habitantes y autoridades comunitarias han señalado al presidente municipal,

Martín Camargo, de perpetrar una exclusión sistemática contra las localidades originarias.

Entre las principales denuncias destacan:

● Retención indebida de recursos: El Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social

Municipal (FISM), destinado a comunidades de alta marginación, no está llegando a Santa María la Alta

a pesar de cumplir con todos los requisitos legales.

● Discriminación Institucional:

Se denuncia que el presidente municipal prioriza la inversión pública en la cabecera municipal,

marginando intencionalmente a las comunidades nahuas y mixtecas.

● Falta de Reconocimiento:

Las autoridades tradicionales elegidas por asamblea comunitaria no son reconocidas

ni recibidas por el ayuntamiento, vulnerando el derecho constitucional

a la libre determinación y autonomía.

Demandas de la Comunidad La comunidad de Santa María la Alta exige:

1. La entrega inmediata e íntegra de los recursos del Ramo 28, 33 y recursos propios.

2. Transparencia total y rendición de cuentas sobre el ejercicio del presupuesto municipal

bajo la gestión de Martín Camargo.

3. El reconocimiento formal y respeto a las autoridades comunitarias.

4. La ejecución urgente de obras básicas: agua potable, caminos, drenaje

y equipamiento para salud y educación.

Contexto Legal Esta lucha se fundamenta en el Artículo 2° de la Constitución Mexicana,

el Convenio 169 de la OIT y la Ley de Coordinación Fiscal, los cuales garantizan el acceso equitativo

a recursos y el derecho a la consulta previa para los pueblos indígenas.

Los habitantes han interpuesto quejas ante la CDH Puebla y la CNDH,

buscando la intervención urgente de autoridades estatales y federales.

La situación en Tlacotepec de Benito Juárez es un reflejo de las condiciones de desigualdad

que enfrentan los pueblos indígenas en la región Mixteca poblana,

donde la exigencia de derechos básicos se convierte, lamentablemente,

en una batalla contra estructuras municipales hostiles.